El pasado mes de abril recibí la respuesta positiva para mi acreditación como PROFESOR TITULAR DE UNIVERSIDAD. Debo ser de los últimos evaluados con los criterios de la antigua ley, antes de que se implante la nueva normativa.
Aunque es bastante positivo tener esta acreditación en menos de 8 años desde que defendí mi tesis, si la normativa fuera un poco diferente, debería haberla tenido desde hace tres años. El requerimiento de docencia de 4 años para casos como el mío (tengo una calificación de «A» en docencia) requiere que esa docencia sea a tiempo completo o su equivalente a tiempo parcial, además de un número mínimo de horas-créditos. Aunque en mi docencia con contrato a tiempo parcial ya había excedido esas horas-créditos requeridos, parece que los criterios para valorar esa docencia consideran que, por muchos créditos que se impartan en un año, si el contrato es a tiempo parcial, ese año no computa por más de un 50% de un año con contrato a tiempo completo.